Lema del blog: "No busquen la verdad en palabras o escritos de los que ejercen el poder o cobran por su función amarilla"´
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Existen en la actualidad tres temas que no se clarifican: vivienda, pensiones e inflación. Trataré aquí del primero, intentando compaginar los intereses de los necesitados de vivienda, los inversores y el Estado, que debe cubrir la edificación que no puedan llevar a cabo los inversores. Desde luego, en este proyecto no entra la especulación, ni los fondos buitre.
Vivienda. Con el plan que expongo a continuación, pretendo suprimir las graves y antisociales discrepancias surgidas entre caseros e inquilinos, así como el enorme gasto que se solicita al Estado para solucionar la situación.
Aquí ofrezco una solución al problema de la vivienda. Con esta solución el Estado (sobre soluciones convencionales) es el más favorecido, pero debe actuar con el interés y sus cargas fiscales si el plan es insuficiente para los inversores. Creo que conforme está expresado será bien recibido.
Los Fondos de Vivienda
Para mejor compresión tomo una vivienda que la Tasa Oficial valoró en 300.000 euros en 2026.
Se admitirán en el Fondo 2026 tanto las nuevas viviendas levantadas por el Estado como por particulares, como viejas de calidad valorados por la Tasa Oficial..
Requisito, que las viviendas vengan con inquilinos conocedores del Fondo.
lsd Fondos serán sacados a Bolsa, el del ejemplo, a primeros de 2027.
Dividendos
En 12 mensualidades, los inquilinos pagarán al Fondo a razón del 5% anual del valor de su vivienda 15.000 euros en nuestro ejemplo.
Deducidos los gastos, el Fondo pagará a los inversores un mínimo del 4%, 200 euros s en el ejemplo, a principio de 2028 o fin 2027. El Estado garantizará ese 4%
Si hubiese excedente, se abonaría en el primer dividendo.
Actualizaciones
Cada 3 años se actualizará. En nuestro caso, a fin 2029, se considerará el 40% de la inflación habida, en ese periodo, que se aplicará al alquiler, valor de la vivienda y por tanto del bono.
El dividendo seguiría en el 4%, pero del bono actualizado.
Amortización del bono-vivienda
Propongo 30 años, 10 ciclos
Tanto la vivienda como el bono han quedado revalorizados por la actualización trianual, VF y BF.
Los bonos no convertidos en vivienda por los alquiladores, se amortizarán a BF
El inquilino, fuese o no el inicial, tiene tres opciones a presentar en la fecha de la amortización, 31 diciembre 2062 en nuestro ejemplo.
-presentar 60 bonos y sería el propietario
-solicitar un crédito para comprar los bonos que precise. Como el precio vigente de la vivienda sería sensiblemente superior a VF, no habría problemas en la concesión del crédito,
-someterse a las leyes vigentes de viviendas
Las viviendas no compradas y sus correspondientes bonos tendrán un precio bastante menor a los de mercado, por lo que no habrá dificultad en que sean asquiridos por Fondos inmobiliarios.
Relación inquilino con el casero, sea éste el Fondo o una personaç
El inquilino solo podrá ser desahuciado si deja de pagar cuatro meses el alquiler.
El inquilino deberá abonar dos mensualidades de señal, que serían devueltas a fin del primer año.
Si, en el ejemplo, el inquilino se hace con 60 bonos, se convierte en el propietario de la vivienda y pedirá al Fondo su derecho y la anulación de sus 60 bonos. También puede pagar en metálico el precio actualizado de su vivienda.
El inquilino debe conservar la vivienda y en comunidad, las zonas comunes, mientras el propietario se encargará del resto: fachada, conducciones, tejado ...

